FONDO DE FORTALECIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO

El Ministerio Secretaría General de Gobierno llama a concurso público, a las organizaciones sociales para presentar proyectos de carácter regional o nacional, a través del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público.
El Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público para proyectos de carácter regional y nacional, año 2014, tiene por objetivo fortalecer aquellas organizaciones de interés público cuya finalidad es la promoción del interés general, en materia de derechos ciudadanos, asistencia social, educación, salud, medio ambiente, o cualquiera otra de bien común, en especial las que recurran al voluntariado.


Se entenderán por proyectos o programas nacionales aquellos que tengan impacto directo en más de una región, y por proyectos o programas regionales, aquellos que se desarrollan dentro de una misma región, con impacto directo en dos o más comunas de ella.


Las estipulaciones de las presentes bases están sujetas a lo establecido en el Decreto N° 1, de 2013, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que Aprueba el reglamento que regula el catastro de organizaciones de interés público, el consejo nacional que lo administra y los consejos regionales, y el funcionamiento del fondo de fortalecimiento de las organizaciones de interés público, y la Ley N° 20.500 sobre Asociaciones y participación ciudadana de la Gestión Pública.


Quiénes pueden postular:

Al presente concurso podrán postular todas las organizaciones que posean la calidad de interés público y que se encuentren inscritas en el Catastro respectivo, en particular:

a) Las Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias y funcionales, regidas por la ley Nº 19.418.

b) Las Asociaciones y comunidades indígenas, reguladas por la ley Nº 19.253.


Las organizaciones indicadas anteriormente, poseen la calidad de interés público por el solo ministerio de la ley. Sin perjuicio de lo anterior, deberán someterse al proceso de inscripción indicado en el punto 5.3 de estas bases.

Asimismo, podrán postular al concurso otras organizaciones que posean la calidad de interés público, cuya inscripción deberá ser validada por el Consejo Nacional según se describirá a continuación.

Por el sólo hecho de presentar un proyecto los postulantes declaran conocer, comprender y aceptar las bases del presente concurso.